Son muchas las compañías que ponen todo tipo de trabas cuando quieres irte, tanto fisicas como online (telefononica), en España es legal grabar llamadas cuando participas en la conversación.
Les avisas para que no se pasen de listos y ya tienes tu justificante de solicitud de baja.
"Inicio de una conversación con un servicio telefónico de atención al cliente
Teleoperadora: [Nombre de la compañía], buen@s días/tardes/noches, mi nombre es [Nombre de la persona que atiende], ¿en que puedo ayudarle?
Cliente: Hola, mi nombre es [Nombre del cliente], antes de seguir hablando, le comunico, en virtud del artículo 5 de la ley orgánica 15/1999, que estoy grabando esta conversación para tener una prueba fehaciente de que la misma ha tenido lugar y del contenido de la misma.
Así mismo le comunico que yo soy el responsable de la grabación, que será usada, de ser necesario, para sustentar posibles reclamaciones ante los organismos públicos competentes en materia de consumo o telecomunicaciones.
En todo caso, la reclamación se planteará contra [Nombre de la compañía], nunca contra usted, salvo que no recoja la reclamación que pretendo presentar o que vulnere alguno de mis derechos como usuario, en cuyo caso también la presentaría contra usted.
Teleoperadora: ¿Y si yo no doy mi consentimiento?
Cliente: Le participo que usted no puede negarse a ser grabada por ser parte de una relación de negocios entre [nombre de la compañía] y mi persona, en calidad de representante autorizado de dicha compañía y, en virtud del artículo 6 de la ley orgánica 15/1999, las partes que intervienen en una relación contractual no necesitan el permiso de la otra parte para gestionar los datos personales de la contraria, como lo son en este caso tanto su voz como la mía.
Y dicho lo anterior, podemos proceder a comenzar la conversación sobre…….."